Año fiscal nuevo, retención de IRPF nueva

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Con la llegada de un nuevo año llegan, habitualmente, las nuevas condiciones fiscales respecto a retención de IRPF e impuestos. Os las explicamos para los traductores que trabajáis con nosotros (y para cualquier otro traductor o autónomo que caiga por aquí):

  • La general, del 19 %. Nada más que añadir.
  • La «mileurista», del 15 %. Si tus ingresos brutos del año anterior son inferiores a 15.000 euros anuales y representan más del 75% de tus rendimientos de actividades económicas y rendimientos del trabajo del ejercicio, dínoslo.
  • La reducida, del 9 %. A aplicar durante el año fiscal en el que te diste de alta y los dos siguientes.

En Júramelo.es ya hemos actualizado automáticamente la plataforma de traductores con estos tres tipos de retención. Los del 19 % y el 9 % no tenéis que hacer nada más. Los que os queráis beneficiar de la retención del 15 % tenéis que decírnoslo activamente.

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